ECAM ONLINE
REGLAMENTO INTERNO/CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
REGLAMENTO INTERNO POSGRADOS ONLINE
(Aplicable a formaciones del área Cine)
Artículo 1. OBJETIVOS Y RÉGIMEN INSTITUCIONAL
La ECAM (“Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid” o “la escuela”) es una fundación sin ánimo de lucro que tiene por objeto desarrollar, con carácter benéfico, actividades de formación, promoción y fomento en materia cinematográfica y audiovisual.
El gobierno, administración y representación de la fundación se atribuye al Patronato, a la Junta Rectora, al director y a la gerente. El Patronato está constituido por dieciséis miembros, el presidente y quince vocales. El presidente del Patronato es la presidenta de la Comunidad de Madrid. De los quince vocales, tres son elegidos por la Comunidad de Madrid por designación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, otros tres por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, otros tres por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), otros tres por Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA) y otros tres por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA).
Artículo 2. LA JUNTA RECTORA
2.1 El Patronato de la fundación delega la supervisión de las actividades de la ECAM en una Junta Rectora, formada por un representante de cada una de las entidades presentes en el Patronato. A las reuniones de la Junta Rectora asiste, con voz y sin voto, el director de la ECAM.
2.2 La Junta Rectora elige entre sus miembros al presidente.
2.3 Es potestad de la Junta Rectora el nombramiento del director y de la persona gerente de la ECAM.
2.4 La Junta Rectora establece las líneas generales que rigen el funcionamiento diario de la escuela y delega en su director los trabajos de organización, plan de estudios, profesorado, la dirección de los servicios existentes en la fundación y, en general, cuantas funciones de ordenación sean precisas para el mejor logro del objeto o fines fundacionales.
2.5 La Junta Rectora supervisa el trabajo del director y de la gerente. Corresponderá al gerente el ejercicio de todas aquellas facultades que le sean expresamente delegadas por el director.
Artículo 3. ORGANIGRAMA DIRECTIVO
El Comité de Dirección está formado por la Dirección de la escuela, la Gerencia, la Dirección de Estudios y la Dirección Financiera.
PROFESORADO
Las enseñanzas de posgrado online que imparte la ECAM son diseñadas por la Dirección, la Gerencia, la Dirección de Estudios y la persona responsable de Formación Continua y Posgrado online. La responsable de Formación Continua y Posgrado online estará al frente de estas en lo referente a planes de estudios, calendarios, calificaciones, disciplina interna y también en la relación con los coordinadores de cada uno de los masters. Siempre bajo la supervisión de la Dirección de Estudios, de la gerente y del director de la ECAM.
Artículo 4. INGRESO EN LA ECAM
Las condiciones de ingreso en las titulaciones de posgrado online de la ECAM son las que aparecen en la información de acceso a cada máster. Para acceder a las formaciones de posgrado online, será necesaria la realización de una prueba de acceso o entrevista de admisión, que será de carácter selectivo, siendo limitado al número de alumnos que puede ingresar en cada titulación. Los requisitos de la prueba de acceso a cada formación aparecen especificados en las bases de la convocatoria. Las decisiones sobre la admisión o no del alumno serán irrevocables de manera que no cabe ningún tipo de recurso ni reclamación en caso de inadmisión.
Los aspirantes que hayan sido seleccionados tienen que confirmar su matrícula abonando una reserva de plaza (cuyo importe varía en función del máster/titulación). En las fechas indicadas por el departamento de admisiones, se abrirá el plazo del pago de la matrícula, debiéndose respetar los plazos indicados por el mismo.
La cantidad abonada en concepto de reserva de plaza no está sujeta a devolución.
Aquellos candidatos que hayan pagado la matrícula y soliciten la anulación:
- Tendrán derecho a solicitar la devolución del 80% del importe abonado descontando la cantidad abonada en concepto reserva, mediante escrito, antes de las 14 horas del día 1 de septiembre del presente curso.
- Desde las 14 horas del 1 de septiembre hasta el comienzo del curso sólo habrá devoluciones en casos excepcionales y debidamente justificados, siendo el importe de la devolución del 40% del importe abonado descontando la cantidad abonada en concepto reserva. El órgano competente resolverá de manera motivada sobre el carácter excepcional.
- Una vez comenzado el curso no se producirá devolución del importe abonado en ningún caso
Los aspirantes/alumnos autorizan a informatizar sus datos personales y a su uso por el personal de la ECAM, los coordinadores y profesores de máster, a efectos del proceso de selección, formación, becas y empleabilidad como alumni, respetando siempre la legislación de Protección de Datos de carácter Personal, y confiriendo a los aspirantes/alumnos el derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación.
La ECAM establece un sistema de becas para algunas de las formaciones de posgrado. Las condiciones se publican en las bases de la convocatoria.
La obtención de una beca para cursar estudios de posgrado genera los siguientes deberes para el alumno:
1. El deber de cumplir con el régimen de formación del plan de estudios.
2. Cumplir las normas sobre asistencia y puntualidad, no pudiendo superar el 10% de faltas de asistencia, así como el conjunto de deberes del alumnado que se encuentran en el mismo artículo.
3. Cumplir con carácter general con las normas aplicables como alumno de la ECAM.
El incumplimiento de las normas contenidas en este reglamento dará lugar a la pérdida de condición de alumno y a la devolución de la beca por parte del beneficiario de esta.
Artículo 5. ORGANIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA
Las titulaciones de posgrado online están estructuradas en planes de estudios específicos donde se indica el número de horas de cada módulo formativo, así como los ejercicios prácticos obligatorios en los másteres que los contemplen, estableciéndose las normas y directrices generales en cada convocatoria/edición.
Artículo 6. EJERCICIOS PRÁCTICOS
Determinados programas de máster incluyen la realización y entrega de ejercicios prácticos, diseñados por el coordinador, el profesorado y los tutores, y supervisados por la responsable de Formación Continua y Posgrado y Dirección de estudios.
La asistencia y participación del alumnado en dichos ejercicios prácticos, así como su realización y entrega en las fechas especificadas en cada caso, es imprescindible para la obtención del diploma final. Una asistencia a los ejercicios prácticos por debajo del 80% de horas totales supondrá la no obtención del diploma del máster. En el caso de los beneficiarios de beca, dicha asistencia no podrá estar por debajo del 90% de horas prácticas totales.
Artículo 7. CALIFICACIONES
Las titulaciones de posgrado online se aprueban de forma global teniendo en cuenta la asistencia a clase telemática, la participación e implicación del alumnado durante cada sesión y, en aquellos másteres y titulaciones online que incluyan ejercicios prácticos obligatorios, la realización y aprobación de estos en los tiempos estipulados.
Artículo 8. DERECHOS DEL ALUMNADO
8.1 EL ALUMNO
Se considera alumnado de la ECAM a todas aquellas personas que, previa admisión y matriculación, cursan alguno de los programas formativos de diplomatura y/o posgrado online y titulaciones VFX vigentes en la ECAM.
8.2 REPRESENTACIÓN DEL ALUMNADO
Las personas delegadas de máster representan a sus compañeros ante los profesores, la responsable de Formación Continua y Posgrado y la directora de estudios, en las cuestiones que afecten exclusivamente a su máster.
Las personas subdelegadas de máster sustituirán a los delegados en los casos en que éstos no puedan.
Artículo 9. DEBERES DEL ALUMNADO
9.1 ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
La actividad docente de posgrado online en la ECAM se desarrolla entre el lunes y el sábado en diferentes horarios dependiendo de cada máster y su plan de estudios.
El alumnado se compromete a cumplir con todas las necesidades y deberes que imponga la docencia en la que se ha matriculado.
Todas las clases se realizarán de forma telemática, no existiendo la opción de atenderlas de forma presencial.
La puntual asistencia del alumnado a las clases telemáticas es obligatoria y será controlada en la forma que fije la responsable del departamento de Formación Continua y Posgrado. La asistencia implica la presencialidad del alumnado durante toda la jornada lectiva del máster online. Un retraso superior a 30 minutos de la hora de entrada a la clase o la salida anterior a 30 minutos de la finalización de esta podrá ser considerado como una falta de asistencia completa. En caso de ser necesario, se realizarán controles de asistencia a través del registro de participantes de cada clase. El alumno durante las clases deberá mantener en todo momento la cámara encendida, permitiendo que sea enfocada su cara como medio de control de asistencia y participación durante la totalidad de la clase.
Las faltas de asistencia pueden justificarse exclusivamente por razones de enfermedad o citación oficial ineludible, ambas con la debida acreditación. Las faltas no justificadas serán tenidas en cuenta a la hora de entregar o no el diploma de máster. Estas faltas no justificadas no podrán superar el 20% del total de las clases, y en ningún caso el total de ausencias (justificadas o no) podrá superar el 30% del total de las clases. En el caso de las personas beneficiarias de beca, las faltas de asistencia no podrán superar el 10% en ningún caso. La superación del porcentaje de faltas permitido en cada uno de los tres supuestos supondrá la no obtención del diploma.
9.2 FALTAS DISCIPLINARIAS
Las faltas cometidas por el alumnado por infracción de este reglamento serán calificadas como leves, graves o muy graves.
Son faltas leves los comportamientos que, violando directa o indirectamente lo establecido en el presente reglamento de la escuela, no aparezcan comprendidas y calificadas como graves o muy graves, así como cualquiera que contravenga las normas generales establecidas para el funcionamiento de la escuela, como por ejemplo la impuntualidad reiterada en las clases y/o el no cumplimiento completo y reiterado de la jornada lectiva.
Son faltas graves los comportamientos que, violando directamente lo establecido en el presente reglamento perturben significativamente el orden que debe primar en la escuela, y específicamente, las siguientes:
A) Las palabras o hechos impropios, faltas de consideración o de respeto del alumnado que perturben el normal y correcto funcionamiento de las clases online o la integridad física o moral de los alumnos y/o del personal de la ECAM.
B) La falta de asistencia a más del 20% de las clases de cada asignatura o a las actividades a las que se haya convocado al alumno, siempre que no exista justificación médica o citación oficial ineludible. En ningún caso el total de ausencias (justificadas o no) pueda superar el 30% del total de las clases.
C) La falta de entrega de trabajos o de cualquier documentación requerida por parte del profesorado o de la dirección de la escuela en los plazos establecidos.
D) La ofensa grave de palabra o de obra a otro miembro del alumnado, profesorado o personal de la escuela.
E) El intento de obtener mejores resultados académicos utilizando medios ilícitos.
F) Los comportamientos dirigidos a causar daños en la plataforma online de la ECAM.
G) Haber sido sancionado por la comisión de dos o más faltas leves.
Son faltas muy graves los comportamientos que violando directamente lo establecido en el presente reglamento perturben muy gravemente el funcionamiento de la escuela, y específicamente, las siguientes:
A) Las palabras o hechos impropios, faltas de consideración o de respeto del alumnado que perturben muy gravemente el normal y correcto funcionamiento de la escuela online o afecten muy gravemente a la integridad física o moral de los alumnos y/o del personal de la ECAM.
B) La agresión a cualquier miembro del alumnado, profesorado o personal administrativo o de servicios de la escuela.
C) La utilización de documentos falsos, la falsificación de documentos referidos a la actividad desarrollada en o por la escuela online, la suplantación de personalidad en actos relacionados con el ámbito académico, y los hechos constitutivos de delito, sin perjuicio de la posible apertura del procedimiento penal correspondiente.
D) Los comportamientos que perjudiquen gravemente la imagen y buen nombre de la escuela o generen cualquier tipo de repercusión mediática perjudicial para la ECAM.
E) La desobediencia al cumplimiento de lo ordenado por cualquier responsable de la ECAM, en cualquier ámbito de la escuela, tanto en lo relativo a clases, ejercicios prácticos, seminarios o cualquier otra actividad programada por la escuela online, por el personal docente o gestor en sus respectivos ámbitos de potestad.
F) La realización de actos que conlleven riesgos para la seguridad e integridad de las personas.
G) Haber sido sancionado por la comisión de dos o más faltas graves.
H) Compartir material grabado, ejercicios, prácticas, clases o videotutoriales a terceros mediante medios digitales o redes sociales que vayan en contra de los derechos de la propiedad intelectual del material.
9.4 DE LAS SANCIONES
Las sanciones por la comisión de cualesquiera faltas disciplinarias, con independencia de su gravedad, se impondrán conforme a lo prevenido en los siguientes apartados:
Faltas leves: apercibimiento privado.
Faltas graves: apercibimiento privado con inclusión expresa en el expediente académico de la falta cometida y la sanción impuesta o pérdida del derecho de obtención del diploma.
Faltas muy graves: expulsión de la escuela y pérdida de la condición de alumno, con inclusión expresa en el expediente académico de la falta cometida y de la sanción impuesta.
9.5 IMPOSICIÓN DE SANCIONES
El incurrir en cualquiera de las faltas disciplinarias arriba indicadas, dará lugar a un expediente sancionador que instruirá la responsable de Formación Continua y Posgrado, por iniciativa propia o por petición del profesorado y/o coordinadores de máster. Las sanciones derivadas de estos expedientes podrán repercutir en las calificaciones de curso y llegar hasta la expulsión del alumno, pasando por la suspensión temporal o definitiva del derecho al uso de la plataforma online de la escuela.
A todo esto, se suma la toma de acciones legales por reclamación de la propiedad intelectual de los materiales dañados y/o divulgados.
Incoado el expediente por la responsable de Formación Continua y Posgrado, el alumno podrá plantear alegaciones ante la directora de estudios de la ECAM a la sanción propuesta en un plazo máximo de siete días. Superado este plazo se entiende que el alumnado desiste de su derecho a formular alegaciones. La directora de estudios dispone de 10 días hábiles para emitir su resolución, que puede ser recurrida en el plazo de cinco días. En el supuesto que el alumnado recurra, la directora de estudios convocará al Consejo de Dirección, quien fallará el recurso presentado en un plazo no superior a 10 días hábiles. La decisión adoptada por esta última instancia no es recurrible.
Artículo 10. PLAN DE ESTUDIOS. CALENDARIO DE ACTIVIDADES
El plan de estudios y el calendario general de actividades se pondrán a disposición del alumnado una vez empezado el curso y se facilitará información provisional sobre los mismos a partir de la fecha de publicación de las listas de admitidos a cada curso. El calendario previsto para las actividades de cada curso podrá ser modificado a juicio de la Dirección de la ECAM tanto por razones escolares como por la adecuación a las posibilidades de colaboración de los docentes.
El alumnado deberá examinar semanalmente la plataforma Moodle a través de la web https://online.ecam.es/ para consulta el calendario de actividades. Además, se utilizará el servicio de CLOUD de almacenamiento de datos como aula virtual y para intercambio de tareas, temarios y documentos. El alumnado recibirá mediante correo electrónico incidencias, notificaciones o avisos, por lo que deberán prestar la debida diligencia en su consulta.
A los efectos anteriores, el alumnado deberá informar de cualquier cambio en sus datos de contacto y tener en cuenta que, los datos personales rellenados en el momento de la inscripción al máster serán los que aparecerán en la información que se manda a los docentes y en el diploma en el caso de su obtención.
La Dirección de la ECAM se compromete a establecer un sistema de suplencias del docente que permita afrontar las contingencias que puedan producirse.
Artículo 11. UTILIZACIÓN DE LOS MATERIALES Y LOCALES
La ECAM suministra al alumnado los materiales que son necesarios para su formación, de acuerdo con lo planificado por la gerente, la responsable de Formación Continua y Posgrado y dirección de estudios de los diferentes programas de máster online, excluyéndose de los mismos los que en la industria son considerados de uso personal.
El alumnado tiene un deber de confidencialidad respecto de todos aquellos materiales y elementos que reciban durante el curso de posgrado online que contenga derechos de propiedad intelectual e industrial, de modo que no podrán revelar ningún contenido que pueda perjudicar tales derechos, ni hacer apropiación o reproducción alguna de dichos materiales. En ningún caso estará permitida la grabación de las clases online.
Artículo 12. NDA
La aceptación de este documento implica la aceptación de este acuerdo de confidencialidad y no divulgación de secretos. De esta manera, el alumno manifiesta:
1.- Que la ECAM es un centro de enseñanza no reglada entre cuyas actividades se encuentra la de impartir docencia relacionada con la cinematografía y el mundo audiovisual. [en adelante la ESCUELA!.
2.- Que se ha matriculado en el curso escolar 2025/2026, siendo por tanto ALUMNADO de la escuela.
3.- Que, con el objetivo de completar la oferta formativa de sus cursos, la ESCUELA suministrará una serie de materiales de su propiedad, o de propiedad del cuerpo docente, que deberán ser custodiados y no transmitidos a partes distintas a las intervinientes en este instrumento.
4.- Que, además, esta declaración de confidencialidad se establece con el propósito de que el material que se utilice durante la actividad formativa no pueda ser publicado o divulgado por el ALUMNADO fuera del ámbito académico.
5.- Dicha declaración se regirá de acuerdo con las siguientes cláusulas
PRIMERA.- OBJETO
El objeto de la presente declaración responsable es fijar los términos y condiciones en los cuales el ALUMNADO mantendrá la confidencialidad de los datos y materiales prestados por la ESCUELA y no podrá transmitir éstos a nadie de manera oral o escrita; ni en formato papel ni por cualquier medio telemático existente en la actualidad o que pueda existir en un futuro.
La firma de la presente declaración implica el compromiso de otorgar un tratamiento confidencial sobre los documentos y materiales que se entreguen y comuniquen por parte de la ESCUELA, así como las transformaciones que de los mismos se realicen durante el horario lectivo.
Se considera como información confidencial todo el material utilizado en las clases, sea éste de tipo técnico, literario, divulgativo, industrial, financiero, publicitario, personal o comercial, divulgado por el cuerpo docente o personal de la ESCUELA, con independencia de su formato de presentación, sea oral, escrito, visual, grabado por medios magnéticos o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro.
SEGUNDA.- OBLIGACIÓN DE SECRETO Y CONFIDENCIALIDAD
El ALUMNADO reconoce que la información y materiales a que se hace referencia en la cláusula anterior y que son transmitidos por la relación docente tienen carácter confidencial y, así, acepta su no divulgación y mantener la más estricta confidencialidad respecto de estos.
El ALUMNADO no podrá reproducir, modificar, hacer públicos o divulgar a terceras partes los materiales que se recogen en la presente declaración, sin previa autorización escrita y expresa de la ESCUELA y del cuerpo docente [si se diera el caso].
Además, se compromete a que la utilización de la información y materiales solo estará dirigida a alcanzar los objetivos descritos en los expositivos de este instrumento, y no otros.
TERCERA.- DURACIÓN DE LA DECLARACIÓN
La presente declaración entra en vigor a partir de la fecha de firma señalada en el encabezamiento. La vigencia del mismo se mantendrá de manera indefinida.
CUARTO.- INCUMPLIMIENTO DE LA DECLARACIÓN
Toda violación o incumplimiento de la presente declaración responsable conlleva la obligación, para el ALUMNADO que cometió el incumplimiento, de pagar a la ESCUELA una indemnización compensatoria de SEIS MIL EUROS [16.000,00 €], sin perjuicio de las acciones legales que la parte afectada pueda entablar, a fin de imponer las sanciones que legalmente correspondan.
Asimismo, el ALUMNADO será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen fruto de dicho incumplimiento, sin que los mismos puedan ser satisfechos con el importe de la indemnización compensatoria.
QUINTO.- DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES
El ALUMNADO manifiesta que el domicilio recogido en el encabezamiento se corresponde con el lugar indicado para cualquier notificación derivada de esta declaración.
Asimismo, se obliga a notificar a la ESCUELA lo más pronto posible cualquier cambio en su domicilio.
SEXTO.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El ALUMNADO reconoce que la legislación sobre protección de datos personales, contenida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento Europeo de Protección de Datos de carácter personal, establece una serie de obligaciones en el tratamiento de datos de carácter personal, entre las que destaca la prohibición de realizar cesiones de datos de carácter personal sin la correspondiente autorización del titular de los datos personales.
Por ello, se compromete a utilizar los datos de carácter personal a los que tenga acceso única y exclusivamente para cumplir con sus obligaciones contractuales; observar y adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso, así como a adoptar en el futuro cuantas medidas de seguridad sean exigidas por las leyes y reglamentos destinados a preservar el secreto, confidencialidad e integridad en el tratamiento automatizado de datos personales; y a no ceder en ningún caso a terceras personas los datos de carácter personal a los que tenga acceso, ni tan siquiera a efectos de su conservación.
Y en prueba de conformidad, la aceptación de este documento implica el compromiso de cumplimiento del alumno.
Artículo 13. DERECHOS DE PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS ESCOLARES Y DE IMAGEN DEL ALUMNADO
Los derechos de autor de las grabaciones, trabajos y o ejercicios realizados o tutorizados durante el curso online pertenecen a sus autores, que podrán difundirlos, promoverlos o comercializarlos una vez finalizado el periodo académico y/o la evaluación de dichos trabajos. El alumnado únicamente podrá difundir material propio, jamás ajeno.
El alumnado online, por el mero hecho de serlo, ceden a la escuela los derechos de imagen propios en lo que se refiere a fotografías y vídeos que dentro de las actividades de la misma les hayan sido tomadas, incluida su utilización en las partes promocionales de la página web y cualquier otro material promocional y/o corporativo.
Se prohíbe terminantemente el uso de material sujeto a derechos en las prácticas del alumnado que puedan tener proyección comercial externa.
Artículo 14. EL REGLAMENTO
La formalización de la matrícula lleva consigo la aceptación ineludible del presente reglamento.
Los asuntos que pudieran plantearse en el curso de la actividad de la ECAM, y que no estuvieran contemplados en este reglamento, serán resueltos por la Dirección de la ECAM, oídos los órganos de asesoramiento correspondientes.
Disposición adicional única. LENGUAJE NO SEXISTA
En cumplimiento del artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en aquellos casos en los que este reglamento orgánico utiliza palabras de género masculino para referirse a personas, se entenderán referidas tanto a mujeres como a hombres, de acuerdo con los criterios establecidos por la Real Academia Española.
REGLAMENTO INTERNO VFX
(Aplicable a formaciones del área VFX)
Artículo 1. OBJETIVOS Y RÉGIMEN INSTITUCIONAL
La ECAM (“Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid” o “la escuela”) es una fundación sin ánimo de lucro que tiene por objeto desarrollar, con carácter benéfico, actividades de formación, promoción y fomento en materia cinematográfica y audiovisual.
El gobierno, administración y representación de la fundación se atribuye al Patronato, a la Junta Rectora, al director y a la gerente. El Patronato está constituido por dieciséis miembros, el presidente y quince vocales. El presidente del Patronato es la presidenta de la Comunidad de Madrid. De los quince vocales, tres son elegidos por la Comunidad de Madrid por designación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, otros tres por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, otros tres por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), otros tres por Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA) y otros tres por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA).
Artículo 2. LA JUNTA RECTORA
2.1 El Patronato de la fundación delega la supervisión de las actividades de la ECAM en una Junta Rectora, formada por un representante de cada una de las entidades presentes en el Patronato. A las reuniones de la Junta Rectora asiste, con voz y sin voto, el director de la ECAM.
2.2 La Junta Rectora elige entre sus miembros al presidente.
2.3 Es potestad de la Junta Rectora el nombramiento del director y de la persona gerente de la ECAM.
2.4 La Junta Rectora establece las líneas generales que rigen el funcionamiento diario de la escuela y delega en su director los trabajos de organización, plan de estudios, profesorado, la dirección de los servicios existentes en la fundación y, en general, cuantas funciones de ordenación sean precisas para el mejor logro del objeto o fines fundacionales.
2.5 La Junta Rectora supervisa el trabajo del director y de la gerente. Corresponderá al gerente el ejercicio de todas aquellas facultades que le sean expresamente delegadas por el director.
Artículo 3. ORGANIGRAMA DIRECTIVO
El Comité de Dirección está formado por la Dirección de la escuela, la Gerencia, la Dirección de Estudios y la Dirección Financiera.
PROFESORADO
Las formaciones online en VFX que se imparten en la ECAM son diseñadas por la Dirección, la Gerencia, la Dirección de Estudios y la persona responsable de Formación Continua y Posgrado online y titulaciones VFX. La responsable de Formación Continua y Posgrado online y titulaciones VFX estará al frente de estas en lo referente a planes de estudios, calendarios, calificaciones, disciplina interna y también en la relación con los coordinadores de cada uno de los másteres. Siempre bajo la supervisión de la Dirección de Estudios, de la gerente y del director de la ECAM.
Artículo 4. INGRESO EN LA ECAM
Las condiciones de ingreso en las formaciones online en VFX de la ECAM son las que aparecen en la información de acceso a cada máster/curso. Para acceder a ellas, será necesario en algunos casos la realización de una entrevista de acceso, que será de carácter selectivo, siendo limitado al número de alumnos que puede ingresar en cada titulación. Las decisiones sobre la admisión o no del alumno serán irrevocables de manera que no cabe ningún tipo de recurso ni reclamación en caso de inadmisión.
Los aspirantes que hayan sido admitidos tienen que confirmar su plaza abonando la matrícula, cuyo importe varía en función del máster/curso. El pago efectivo de la matrícula en los plazos marcados por el departamento de Admisiones supondrá la reserva de plaza en la formación en la que haya sido admitido el aspirante.
La cantidad abonada en concepto de matrícula/reserva de plaza no está sujeta a devolución. El importe sólo se reembolsará de forma íntegra si la formación queda suspendida por decisión de la ECAM.
ECAM se reserva el derecho de modificar el contenido, el profesorado, el calendario, el número de plazas o cualquier otro aspecto organizativo de los cursos cuando las circunstancias así lo requieran, garantizando en todo momento la calidad de la formación. De igual manera, ECAM se reserva el derecho de cancelar el curso en el caso de no alcanzarse el mínimo de alumnos necesario para llevarse a cabo.
El estudiante que hubiera pagado la matrícula y desee anularla, podrá solicitar la devolución del 80% sobre el importe abonado (descontada la reserva), mediante escrito presentando en las oficinas de la ECAM o enviando un email a ecamvfxestudio@ecam.es 15 días antes del inicio de la formación.
Pasada dicha fecha no se devolverá ninguna cantidad. Podrá solicitarse una devolución del 50% de la matrícula (mediante la aportación de la documentación solicitada y descontada la reserva) en caso de enfermedad grave incompatible con la realización de la formación y en caso de dependencia de familiar en primer grado. Esta solicitud se realizará mediante escrito presentado en las oficinas de la ECAM o enviando un email a ecamvfxestudio@ecam.es antes del inicio de la formación.
Los aspirantes/alumnos autorizan a informatizar sus datos personales y a su uso por el personal de la ECAM, los coordinadores y profesores de máster/curso, a efectos del proceso de selección, formación, becas y empleabilidad como alumni, respetando siempre la legislación de Protección de Datos de carácter Personal, y confiriendo a los aspirantes/alumnos el derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación.
La ECAM establece descuentos para alumni de la escuela que quieran cursar formaciones online en VFX de la ECAM: 30% para alumni de diplomaturas, 20% para alumni de postgrado.
Se advierte de forma expresa que los cursos ofertados en el Sitio Web no conducen a ningún título oficial, sino que son títulos propios de ECAM ONLINE.
Artículo 5. ORGANIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA
Las formaciones online en VFX de la ECAM están estructuradas en módulos formativos, así como ejercicios prácticos obligatorios en las formaciones que así los contemplen, estableciéndose las normas y directrices en cada propuesta práctica. El/la ALUMNO/A dispondrá de diferentes plazos para completar los cursos:
• En el caso de las formaciones que no incluyen tutorías y el consumo es secuencial, el alumno tendrá acceso al curso durante 6 meses desde que realiza la compra.
• En el caso de los cursos tutorizados, el alumno tendrá acceso al curso durante un año a contar desde la fecha de activación. Transcurrido dicho plazo se revocarán los permisos para acceder al curso.
Artículo 6. EJERCICIOS PRÁCTICOS
Determinadas formaciones incluyen la realización y entrega de ejercicios prácticos, diseñados por el coordinador, el profesorado y los tutores, y supervisados por la responsable del Departamento de Posgrado y Formación Continua y Dirección de estudios.
La asistencia y participación del alumno en dichos ejercicios prácticos, así como su realización y entrega en las fechas especificadas en cada caso, es imprescindible para la obtención del diploma de aptitud final.
Artículo 7. CALIFICACIONES
Las formaciones online en VFX de la ECAM se aprueban al completarse todos los módulos formativos, al aprobar todos los exámenes planteados y, en aquellas titulaciones que incluyan ejercicios prácticos obligatorios, a la realización y aprobación de éstos en los tiempos estipulados.
Artículo 8. DERECHOS DEL ALUMNADO
Se considera alumnado de la ECAM a todas aquellas personas que, previa admisión y matriculación, cursan alguno de los programas formativos online en VFX vigentes en la ECAM.
Artículo 9. DEBERES DEL ALUMNADO
9.1 ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
El alumnado se compromete a cumplir con todas las necesidades y deberes que imponga la docencia en la que se ha matriculado.
Toda la formación se ofrece de forma online, no existiendo la opción de realizarse de forma presencial.
En el caso de formaciones online calendarizadas, es obligación del alumno seguir el ritmo marcado por cada titulación, visualizando cada tema y siguiendo el aprendizaje marcado en el calendario.
9.2 FALTAS DISCIPLINARIAS
Las faltas cometidas por el alumnado por infracción de este reglamento serán calificadas como leves, graves o muy graves.
Son faltas leves los comportamientos que, violando directa o indirectamente lo establecido en el presente reglamento de la escuela, no aparezcan comprendidas y calificadas como graves o muy graves, así como cualquiera que contravenga las normas generales establecidas para el funcionamiento de la escuela.
Son faltas graves los comportamientos que, violando directamente lo establecido en el presente reglamento perturben significativamente el orden que debe primar en la escuela, y específicamente, las siguientes:
A) En las tutorías online individuales o colectivas, las palabras o hechos impropios, faltas de consideración o de respeto del alumno que perturben el normal y correcto funcionamiento de la escuela o la integridad física o moral de los alumnos y/o del personal e instalaciones de la ECAM.
B) La falta del seguimiento del calendario formativo y la no entrega de trabajos o de cualquier documentación requerida por parte del profesorado o de la dirección de la escuela en los plazos establecidos.
C) El intento de obtener mejores resultados académicos utilizando medios ilícitos (como herramientas de Inteligencia Artificial y similares, si no han sido autorizado su uso por el profesor).
D) Haber sido sancionado por la comisión de dos o más faltas leves.
Son faltas muy graves los comportamientos que violando directamente lo establecido en el presente reglamento perturben muy gravemente el funcionamiento de la escuela, y específicamente, las siguientes:
A) En las tutorías online individuales o colectivas, las palabras o hechos impropios, faltas de consideración o de respeto del alumno que perturben muy gravemente el normal y correcto funcionamiento de la escuela o afecten muy gravemente a la integridad física o moral de los alumnos y/o del personal de la ECAM.
B) La difusión de los contenidos de la formación, así como el uso público del material de trabajo incluido en la misma.
C) La utilización de documentos falsos, la falsificación de documentos referidos a la actividad desarrollada en o por la escuela, la suplantación de personalidad en actos relacionados con el ámbito académico y los hechos constitutivos de delito, sin perjuicio de la posible apertura del procedimiento penal correspondiente.
D) Los comportamientos que perjudiquen gravemente la imagen y buen nombre de la escuela o generen cualquier tipo de repercusión mediática perjudicial para la ECAM.
E) La desobediencia al cumplimiento de lo ordenado por cualquier responsable de la ECAM, en cualquier ámbito de la escuela, tanto en lo relativo a clases, ejercicios prácticos, seminarios o cualquier otra actividad programada por la escuela, por el personal docente o gestor en sus respectivos ámbitos de potestad.
F) Haber sido sancionado por la comisión de dos o más faltas graves.
9.4 DE LAS SANCIONES
Las sanciones por la comisión de cualesquiera faltas disciplinarias, con independencia de su gravedad, se impondrán conforme a lo prevenido en los siguientes apartados:
A) Faltas leves: apercibimiento privado.
B) Faltas graves: apercibimiento privado con inclusión expresa en el expediente académico de la falta cometida y la sanción impuesta o pérdida del derecho de obtención del diploma.
C) Faltas muy graves: expulsión de la escuela y pérdida de la condición de alumno, con inclusión expresa en el expediente académico de la falta cometida y de la sanción impuesta.
9.5 IMPOSICIÓN DE SANCIONES
El incurrir en cualquiera de las faltas disciplinarias arriba indicadas, dará lugar a un expediente sancionador que instruirá la responsable de posgrado y formación continua, por iniciativa propia o por petición del profesorado y/o coordinadores de las formaciones online en VFX de la ECAM. . Las sanciones derivadas de estos expedientes podrán repercutir en las calificaciones de curso y llegar hasta la expulsión del alumno, pasando por la suspensión temporal o definitiva del derecho al uso del material del curso.
Incoado el expediente por la responsable de posgrado y formación continua, el alumno podrá plantear alegaciones ante la directora de estudios de la ECAM a la sanción propuesta en un plazo máximo de siete días. Superado este plazo se entiende que el alumno desiste de su derecho a formular alegaciones. La directora de estudios dispone de 10 días hábiles para emitir su resolución, que puede ser recurrida en el plazo de cinco días. En el supuesto que el alumno recurra, la directora de estudios convocará al Consejo de Dirección, quien fallará el recurso presentado en un plazo no superior a 10 días hábiles. La decisión adoptada por esta última instancia no es recurrible.
Artículo 10. PLAN DE ESTUDIOS. CALENDARIO DE ACTIVIDADES
El plan de estudios y el calendario general de actividades se pondrán a disposición del alumnado una vez empezado el curso y se facilitará información provisional sobre los mismos a partir de la fecha de admisión y pago de matrícula de cada curso. El calendario previsto para las actividades de cada curso podrá ser modificado a juicio de la Dirección de la ECAM tanto por razones escolares como por la adecuación a las posibilidades de colaboración de los profesionales en activo que componen el cuadro de profesores de la escuela. El alumnado recibirá mediante correo electrónico y/o mediante la plataforma de formación online de ECAM, todas las incidencias, notificaciones o avisos, por lo que deberán prestar la debida diligencia en su consulta. En el caso de las formaciones calendarizadas y tutorizadas, el alumnado debe examinar diariamente el calendario de la plataforma de formación online de ECAM en el que se expone el plan de actividades del día.
A los efectos anteriores, el alumnado deberá informar de cualquier cambio en sus datos de contacto y tener en cuenta que, los datos personales rellenados en el momento de la inscripción al máster serán los que aparecerán en la información que se manda a los docentes y en el diploma en el caso de su obtención.
La Dirección de la ECAM se compromete a establecer un sistema de suplencias del profesorado que permita afrontar las contingencias que puedan producirse en las tutorías planificadas, o bien, hacer las modificaciones necesarias en el calendario para poder realizarlas.
Artículo 11. UTILIZACIÓN DE LOS MATERIALES
La ECAM suministra al alumnado los materiales audiovisuales y licencias de software que son imprescindibles para la formación, de acuerdo con lo planificado por la gerente, la responsable de posgrado y formación continua y dirección de estudios de las diferentes formaciones online en VFX de la ECAM.
El alumnado tiene un deber de confidencialidad respecto de todos aquellos materiales y elementos que reciban durante las formaciones online en VFX de la ECAM que contenga derechos de propiedad intelectual e industrial, de modo que no podrán revelar ningún contenido que pueda perjudicar tales derechos, ni hacer apropiación o reproducción alguna de dichos materiales. Para ello, en la plataforma formativa online de la ECA, se aceptarán las condiciones de contratación del curso que incluyen todas estas restricciones. El alumno, y en su caso, sus representantes legales, serán responsables del uso inadecuado que realice de los Contenidos y de los Softwares suministrados por la ECAM.
Por razón de la contratación de el/los Curso/s, ECAM ONLINE concede a el/la ALUMNO/A una licencia de uso de carácter temporal, no exclusiva, individual, personal e intransferible sobre los Contenidos y sobre los Softwares en los términos especificados en las presentes condiciones de contratación.
El derecho de uso otorgado por ECAM ONLINE consistirá en la facultad de el/la ALUMNO/A para acceder a través de Internet a los Contenidos y a los Softwares mediante las claves de acceso proporcionadas por ECAM ONLINE y no contempla usos de los Contenidos y/o de los Softwares contrarios a su propia naturaleza o destino.
Se prohíbe de forma expresa:
- La reproducción, la distribución y la comunicación pública, incluida su modalidad de puesta a disposición, de la totalidad o parte de los Contenidos y/o de los Softwares, en cualquier soporte y por cualquier medio técnico, sin la autorización de ECAM ONLINE.
- Suprimir, alterar, eludir o manipular cualquier dispositivo de protección o sistema de seguridad que estuviera instalado en el Sitio Web o en los Softwares.
- Realizar traducciones, adaptaciones, arreglos o cualquier otro tipo de transformación sobre los Contenidos o los Softwares, incluida la corrección de errores
- Realizar versiones sucesivas de los Softwares ni de otros programas de ordenador derivados del mismo.
- La obtención de copias de los Softwares o de los Contenidos.
- Realizar ninguna forma de distribución pública de los Softwares, incluido, de forma ejemplificativa, más no limitativa, el alquiler, préstamo, venta o donación del original o de sus copias.
Queda entendido que prácticas tales como la reventa de los Contenidos o la contratación de el/los Curso/s por una persona facilitando el acceso a terceros no autorizados, están expresamente prohibidas y será causa de resolución de la contratación de el/los Curso/s, sin derecho a la devolución del importe del precio satisfecho y sin perjuicio del derecho de ECAM ONLINE de ejercitar las acciones legales oportunas.
Se hace constar que el quebrantamiento de las prohibiciones antedichas puede incluso llegar a suponer la comisión de un delito contra la propiedad intelectual tipificado en el artículo 270 del Código Penal, que lleva aparejadas incluso penas de prisión.
Artículo 12. DERECHOS DE PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS ESCOLARES Y DE IMAGEN DEL ALUMNADO
Los derechos de autor de los trabajos y o ejercicios realizados o tutorizados durante el curso pertenecen a sus autores, que podrán difundirlos, promoverlos o comercializarlos una vez finalizado el periodo académico y/o la evaluación de dichos trabajos. Todo esto siempre y cuando dichos trabajos no incluyan ni total ni parcialmente material sujeto a derechos de propiedad intelectual.
El alumnado, por el mero hecho de serlo, cede a la escuela los derechos de esos trabajos para su utilización como material promocional y/o corporativo.
Artículo 13. CLAVES DE ACCESO
Para acceder a los Contenidos y Software/s de cada Curso, ECAM ONLINE proporcionará a el/la ALUMNO/A unas claves de acceso (url de acceso a el/los Curso/s, usuario y contraseña), que serán personales e intransferibles, siendo el/la ALUMNO/A responsable de la custodia de dichas claves de acceso y de cualquier consecuencia derivada de un uso inadecuado de las mismas.
Se prohíbe de forma expresa hacer uso de los Contenidos o de los Softwares para cualquier otra finalidad que no sea la propia formación de el/la ALUMNO/A, siendo éste/a responsable de cualquier utilización inadecuada o ilícita que haga de los mismos.
ECAM ONLINE se reserva el derecho de revocar los permisos de acceso a el/la ALUMNO/A, sin devolución del precio satisfecho, en caso de que el/la ALUMNO/A facilite el acceso a terceros no autorizados y sin perjuicio del derecho de ECAM ONLINE a reclamar una eventual indemnización por daños y perjuicios.
ARTÍCULO 14. CERTIFICADOS Y DIPLOMA:
Los certificados y diplomas concedidos por ECAM ONLINE no son títulos oficiales.
ECAM ONLINE emitirá certificados que acrediten haber completado diferentes fases del curso correspondiente (mínimo 6 créditos ECTS), así como un diploma digital acreditativo con la certificación de APTO en el caso de haber aprobado todos los exámenes.
ARTÍCULO 15. PRECIO, FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN:
15.1 PRECIO
El precio de cada Curso a incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en su caso, aplicable.
15.2 FORMA DE PAGO
El precio de el/los Curso/s de ECAM ONLINE deberá ser satisfecho mediante el pago con tarjeta bancaria de crédito/ débito, o cualquier otro método autorizado por el departamento de admisiones. El cargo en la tarjeta se realiza en tiempo real a través de una pasarela de pago, una vez se haya comprobado que los datos comunicados son correctos.
ECAM ONLINE no almacenará ninguno de los datos de la tarjeta de crédito/débito. En el momento de la contratación, los datos de la tarjeta utilizada se transmitirán cifrados mediante un certificado SSL y de forma absolutamente segura, con la finalidad exclusiva de la realización del pago del precio de el/los Curso/s.
Las tarjetas de crédito/débito están sujetas a comprobaciones y autorizaciones por parte de la entidad emisora de las mismas, pero si dicha entidad no autorizase el pago no se considerará formalizada la contratación de el/los Curso/s.
Con el uso de una tarjeta de crédito/débito en el proceso de contratación se está garantizando por el/la ALUMNO/A que tiene plena autorización para ello.
15.3 FACTURACIÓN:
ECAM ONLINE emitirá la correspondiente factura detallando el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que, en su caso, corresponda según el tipo aplicable en cada momento.
El/la ALUMNO/A puede consentir de forma expresa la expedición por ECAM ONLINE de la factura en formato electrónico, que será remitida por correo electrónico. Podrá revocar ese consentimiento con el envío de un correo electrónico en tal sentido.
Artículo 16. CAMBIOS EN LA FORMACIÓN
ECAM ONLINE se reserva el derecho de modificar el contenido, el profesorado, el calendario, el número de plazas o cualquier otro aspecto organizativo de los cursos cuando las circunstancias así lo requieran, garantizando en todo momento la calidad de la formación. De igual manera, ECAM ONLINE se reserva el derecho de cancelar el curso en el caso de no alcanzarse el mínimo de alumnos necesario para llevarse a cabo. La formalización de la matrícula lleva consigo la aceptación ineludible del presente reglamento.
Los asuntos que pudieran plantearse en el curso de la actividad de la ECAM, y que no estuvieran contemplados en este reglamento, serán resueltos por la Dirección de la ECAM, oídos los órganos de asesoramiento correspondientes.
Artículo 17. EL REGLAMENTO
La formalización de la matrícula lleva consigo la aceptación ineludible del presente reglamento.
Los asuntos que pudieran plantearse en el curso de la actividad de la ECAM, y que no estuvieran contemplados en este reglamento, serán resueltos por la Dirección de la ECAM, oídos los órganos de asesoramiento correspondientes.
Disposición adicional única. LENGUAJE NO SEXISTA
En cumplimiento del artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en aquellos casos en los que este reglamento orgánico utiliza palabras de género masculino para referirse a personas, se entenderán referidas tanto a mujeres como a hombres, de acuerdo con los criterios establecidos por la Real Academia Española.